Reglamento General de Competiciones

TITULO I. Normas generales

Capítulo 1: Objetivo

Capítulo 2: Licencia Federativa

Capítulo 3: Competencias de la Junta Directiva de la FAPA

TITULO II. De los jugadores

TITULO III. De los Clubes

TITULO IV. De los Torneos

Capítulo 1: Inscripciones

Capítulo 2: Organización

Capítulo 3: Arbitraje

Capítulo 4: Comité De Competición

Capítulo 5: Director De Torneo

Capítulo 6: Campeonatos Individuales

Capítulo 7. Campeonato de Asturias Individual Absoluto

Capítulo 8. Campeonato de Asturias Individual de Edades

Capítulo 9. Campeonato de Asturias Individual Relámpago

Capítulo 10. Campeonato de Asturias Individual Rápido

Capítulo 11. Campeonato de Asturias por Equipos

Capítulo 12. Campeonato de Asturias por Equipos Relámpago

Capítulo 13 Copa de Asturias por Equipos

Capítulo 14 Campeonato de Asturias Rápido por Equipos

TITULO V. Del Control del dopaje

TÍTULO VI. Interpretación del Reglamento

  

TÍTULO I. NORMAS GENERALES

Capítulo 1: Objetivos

Artículo 1º:

El presente Reglamento General de Competiciones tiene por objeto la regulación de la organización y control de las pruebas organizadas, delegadas o subvencionadas por la Federación de Ajedrez del Principado de Asturias (FAPA), del control del dopaje y de las licencias federativas.

Artículo 2º:

El Reglamento se aplicará a todas las personas físicas o jurídicas que practiquen, participen o intervengan en el desarrollo de cualquier modalidad de ajedrez federado en el Principado de Asturias que sean competencia de la FAPA.

Capítulo 2: Licencia Federativa

Artículo 3º:

1.                 A los efectos del presente Reglamento, se entiende por licencia federativa el documento expedido por la FAPA que acredita la afiliación del titular de la misma, su periodo de validez será hasta el final de la temporada.

El comienzo y fin de la temporada deportiva será indicado mediante circular.

Se denomina, en adelante, ”jugador” al deportista federado, entendiéndose que puede ser del sexo masculino o femenino. El mismo criterio deberá aplicarse a “árbitro”, “capitán”, ”entrenador” o “monitor”.

2.                 La FAPA emitirá una licencia federativa individual anual para cada persona o entidad, que será uniforme para los miembros de cada estamento y categoría.

3.                 La licencia federativa, en función de sus destinatarios, podrá ser de alguna de las siguientes modalidades:

a) Licencia de jugador.

b) Licencia de club.

c) Licencia de árbitro.

e) Licencia de monitor.

4.                 La posesión de la licencia federativa es obligatoria para poder participar en cualquier evento ajedrecístico organizado por la FAPA u homologado por ella, y especialmente en:

a) Campeonatos individuales en las modalidades que se organicen.

b) Campeonatos por equipos en las modalidades que se organicen.

c) Torneos nacionales en representación de la FAPA.

d) Cursos oficiales de formación o reciclaje organizados por la FAPA.

5.                 La FAPA podrá tramitar nuevas altas de licencias durante toda la temporada.

6.                 Las cuotas federativas serán aprobadas por la Asamblea General de la FAPA.

7.                 Para obtener la correspondiente licencia se debe abonar la cuota establecida por la Asamblea

 

Capítulo 3: Competencias de la Junta Directiva de la FAPA
Artículo 4º. 
 
                    En relación con las competiciones oficiales reguladas en este Reglamento, corresponden a la Junta Directiva de la FAPA las siguientes funciones:
 
                    a. Proponer a la Asamblea General de la FAPA, las fechas de las competiciones.
 
                    b. Designar el local de juego de las competiciones.
 
                    c. Establecer, si procede, las condiciones de clasificación de jugadores de las competiciones que se disputen por grupos.
 
                    d. Enviar los informes para la evaluación Elo a la FEDA y a la FIDE de aquellas competiciones oficiales que cumplan con las condiciones establecidas por dichas federaciones.
 
                    e. Modificar el sistema de juego de las competiciones oficiales, cuando el número de jugadores inscritos no permita la celebración de las mismas en la forma establecida.
 
                    f. En caso de urgencia, la Junta Directiva estará facultada para consultar al Comité de Competición y tomar las medidas oportunas para la celebración de las competiciones recogidas en este Reglamento sin perjuicio de informar posteriormente a la Asamblea
 
                    g. Comunicar, mediante circulares, las fechas de inscripción de las competiciones oficiales, así como los cambios en el orden de fuerza, locales o cualquier otra modificación o información sobre las competiciones.

Las circulares informativas de la Federación se considerarán difundidas y de obligado conocimiento de todos los estamentos federados en cuanto se publiquen en el tablón de anuncios de la federación, sin prejuicio de la notificación exhaustiva a todos los clubes y personas afectadas.

TITULO II. De los jugadores

Artículo 5º:

Se entenderá por jugador federado a los efectos del presente Reglamento, todo el que posea una licencia de la FAPA expedida a su nombre y en vigor.

Artículo 6º:

El jugador federado estará sometido a las siguientes normas en materia de incompatibilidades:

a) No podrá disponer de más de una licencia federativa en vigor, por Estamento, expedida por la FAPA.

b) No podrá estar federado, a la vez, en más de un club español, ni en más de una Federación Autonómica o Delegación Territorial.

c) No se tramitará la licencia del jugador que en la temporada en curso (año natural) hubiese tenido licencia federativa en otra Federación Autonómica o Delegación Territorial, si la petición de alta de la misma no viene acompañada de la baja de la Federación Autonómica o Delegación Territorial anterior.

d) No se permitirá el cambio de jugadores entre clubes una vez comenzada la temporada.

Artículo 7º:

Los jugadores federados de la Unión Europea, que no estén sujetos a sanción disciplinaria que se lo impida, tendrán, además de otros que puedan corresponderles, los siguientes derechos:

a) Participar en los Campeonatos del Principado de Asturias, en las categorías deportivas que les correspondan.

b) Formar parte de las listas que se establezcan para la obtención de becas u otras ayudas a deportistas.

c) Participar en todas las pruebas oficiales de organización abierta que se celebren en el ámbito territorial de la Comunidad, con las limitaciones de inscripción relativas a número de participantes que se establezcan.

d) Participar en las pruebas valederas para los Campeonatos de España que organice la FAPA.

e) Representar al Principado de Asturias en los Campeonatos de España.

f) Que sean remitidos a la FEDA los resultados obtenidos en las pruebas jugadas en el Principado de Asturias, homologadas a tal fin, para su evaluación en el ranking nacional

g) Que sean remitidos a la FEDA para su posterior remisión a la FIDE, los resultados obtenidos en las pruebas jugadas en el Principado de Asturias, homologadas a tal fin, para su evaluación en el ranking internacional o para la obtención de normas y titulaciones internacionales.

h) Que sean solicitados a la FIDE por la FEDA los títulos a los que por sus resultados se hayan hecho acreedores, como asimismo que se efectúen ante dicho organismo las reclamaciones que por la no inclusión en el ranking o el cálculo erróneo de alguna de sus actuaciones deban realizarse.

i) Obtener cualquier tipo de ayuda o subvención de la FAPA, si cumple lo dispuesto en la normativa correspondiente.

j) Personarse en los procedimientos donde tenga interés directo, y sean iniciados por la Federación o algunos de sus órganos, mediante petición por escrito a la misma.

Artículo 8º:

Los jugadores federados de nacionalidad extranjera, que no estén sujetos a sanción disciplinaria que se lo impida, tendrán además de otros que puedan corresponderles, los derechos de los apartados f), g) y h) del art. 7.

Artículo 9º:

Los jugadores federados de la Unión Europea tendrán, además de otras que les puedan corresponder, las obligaciones siguientes:

a) Acatar las decisiones de los órganos de gobierno de la FAPA, sin perjuicio de los recursos que legal o estatutariamente tengan derecho a interponer.

b) Observar en todo momento un comportamiento correcto con los demás jugadores, árbitros, organizadores, directivos, así como conducirse con la deportividad tradicional en este deporte.

c) Representar a la FAPA en las competiciones por equipos para las que hayan sido seleccionados por esta o se hayan hecho acreedores a esta representación por sus méritos deportivos.

Artículo 10º:

Los jugadores federados de nacionalidad extranjera tendrán, además de otras que pudieran corresponderles, las obligaciones especificadas en los apartados a) y b) del art. 9.

TITULO III. DE LOS CLUBES

Artículo 11º:. 
 
                    Para la participación en las competiciones por equipos, los clubes deberán, inexcusablemente, estar inscritos o tener solicitada la inscripción en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias, todo ello sin perjuicio de su correspondiente inscripción en el Registro General de Clubes de la FAPA y del cumplimiento de los requisitos específicos fijados para cada competición.
 
Artículo 12º: 
 
                    Los clubes que se inscriban por primera vez, deberán aportar fotocopias de la siguiente documentación:
 
                    a) Documentación o certificado de la Dirección General de Deportes del Principado de Asturias que indique el número de Registro de la entidad.
 
                    b) Documentación o certificado de la Dirección General de Deportes del Principado de Asturias que indique la composición de la Junta Directiva de la entidad.
 
                    c) Fotocopia de los Estatutos.
 
                    d) Cualquier otro requisito que en su día se fije.
 
Artículo 13º: 
 
                    La denominación de los clubes será la que figure en la Dirección General de Deportes del Principado de Asturias. Dicha denominación podrá abreviarse por motivos administrativos.
 
Artículo 14º: 

                    Todos los equipos de un club tendrán la misma denominación. Los clubes con más de un equipo utilizarán las letras “B”,”C,”D” y siguientes en orden decreciente según categoría. El equipo de categoría superior llevará el nombre del club, con la letra “A” (De esta forma se distingue a los clubes con equipos filiales).

 Artículo 15º:

Los clubes pueden variar su denominación previo acuerdo de su Asamblea General pero, en todo caso, al término de la temporada de que se trate para que tenga vigencia en la siguiente. Igualmente, a efectos publicitarios, podrá añadirse a la citada denominación el nombre del patrocinador, comunicándolo oportunamente a la FAPA. 

Artículo 16º:
Los clubes federados, que no estén sujetos a sanción disciplinaria que se lo impida, tendrán, además de otros que pudieran corresponderles, los siguientes derechos:

a) Que sus equipos representativos en cada categoría sean admitidos a participar en las pruebas federativas de ámbito territorial autonómico, de acuerdo con las normas que para cada competición se establezcan.

b) Solicitar la organización de los diferentes campeonatos del Principado de Asturias, así como de España.

c) Representar al Principado de Asturias en las competiciones nacionales en que esta intervenga.

d) Participar en cualquier competición autonómica organizada o tutelada por la FAPA.

e) Organizar cualquier otra competición homologada por la FAPA.

Artículo 17º:

Los clubes federados tendrán, además de otras que les puedan corresponder, las siguientes obligaciones:

a) Ceder a sus jugadores para que puedan acudir a los compromisos y competiciones en que intervenga la FAPA, formando parte del equipo autonómico cuando sean seleccionados, anteponiéndose esta obligación a cualquier otro compromiso que pueda tener el club en esas mismas fechas.

b) Permitir que sus jugadores participen en las competiciones organizadas por la FAPA, u homologadas por ella.

c) No permitir que en las pruebas en las que la FAPA delega la organización en un club participen jugadores sin licencia federativa en vigor.

d) Cumplir y hacer cumplir en todas las competiciones las normas que en cada momento tenga en vigor la FAPA.

e) Cursar al organismo federativo correspondiente las solicitudes y reclamaciones que sus jugadores les presenten relativas a la actuación de los mismos en las diversas pruebas en que hayan participado, así como cualquier otra petición razonada de interés para el jugador y que necesite del apoyo y tutela del club.

f) Tramitar anualmente las licencias federativas del club y de sus jugadores ante la FAPA en el plazo determinado por esta.

g) Acatar las decisiones de los Organismos federativos, sin perjuicio de los recursos que legalmente les puedan corresponder.

h) Comunicar a la FAPA los cambios de nombre en los órganos directivos del club.

i) Cumplir las normas establecidas en el presente Reglamento, y las de cada competición, en lo referente a confección de equipos, participación en campeonatos y condiciones de los locales de juego.

j) Disponer de un local de juego, con un mínimo de condiciones de luz, silencio y espacio, donde puedan disputarse las partidas oficiales de las competiciones por equipos, y donde nada, ni nadie, pueda molestar el desarrollo de la competición y la concentración de los jugadores.

k) Disponer del mobiliario necesario, mesas y sillas, así como material de ajedrez, tableros, juegos y relojes, en buenas condiciones.

Artículo 18:

Los clubes tendrán limitaciones en el número de extranjeros que inscriban. Cada equipo podrá presentar en su relación de jugadores, (titulares más suplentes), un máximo de cuatro jugadores extranjeros, de los cuales dos podrán ser de países no pertenecientes a la Unión Europea. Todos los porcentajes citados a continuación en este apartado se redondearán al número entero superior.

En las competiciones que se disputen a seis tableros o un número inferior la alineación en cada encuentro podrá estar formada con un máximo del 25% de jugadores extranjeros, comunitarios o no, sobre el total de componentes que deben formar el equipo.

En las competiciones que se disputen a más de seis tableros, la alineación en cada encuentro podrá estar formada con un máximo del 10% de jugadores extranjeros, no comunitarios, con un límite de dos y un máximo del 20% de jugadores extranjeros comunitarios, con un límite de tres, no pudiendo superar el número total de jugadores extranjeros el 25% del total de componentes que deben formar el equipo.

Los jugadores extranjeros, que no posean alguna de las siguientes titulaciones FIDE: GM, MI, MF, WGM, WMI y que cumplan alguno de los siguientes requisitos, no serán considerados como extranjeros a efectos de campeonatos por equipos:

- Tener menos de 2200 ELO FIDE

- Tener residencia acreditada durante al menos 2 años en Asturias

 

TITULO IV. De los Torneos

Capítulo 1: Inscripciones

Artículo 19º:

Las inscripciones y las competiciones se realizarán atendiendo al calendario deportivo aprobado por la Asamblea General de la FAPA.

Artículo 20º: 
 
                    El Comité de Competición podrá modificar parcialmente las fechas de algunos torneos, en aplicación del presente Reglamento.

Capítulo 2: Organización

Artículo 21º:

La organización de los torneos autonómicos, tanto individuales como por equipos, corresponde a la FAPA.

Artículo 22º:

La FAPA podrá adjudicar dicha organización a un club de ajedrez, organismo e incluso a una persona o entidad privada, siempre que el cumplimiento de las normas establecidas quede garantizado, incluso mediante contrato escrito si se considera necesario.

Artículo 23º:

La FAPA organizará anualmente, como mínimo, las siguientes pruebas:

·         Campeonato de Asturias Individual Absoluto.

·         Campeonato de Asturias Individual Sub 10.

·         Campeonato de Asturias Individual Sub 12.

·         Campeonato de Asturias Individual Sub 14.

·         Campeonato de Asturias Individual Sub 16.

·         Campeonato de Asturias Individual Sub 18.

·         Campeonato de Asturias Individual Relámpago.

·         Campeonato de Asturias Individual de Ajedrez Rápido

·         Campeonato de Asturias Equipos Rápido

·         Campeonato de Asturias Equipos Relámpago

·         Campeonatos de Asturias por Equipos de todas las Categorías.

Artículo 24º:

Cada campeonato lo regulará, además del presente Reglamento, unas normas específicas que deberán detallar, como mínimo, lo siguiente:

a) Requisitos deportivos que permitan la participación en la prueba.

b) Plazo de inscripción.

c) Premios, si los hubiere.

d) Sistema de juego, número de rondas, ritmo, lugar y días de juego.

Artículo 25º:

La FAPA convocará los distintos Campeonatos con una antelación de al menos 15 días antes de su fecha de inicio.

Artículo 26º: Uso de las planillas de ajedrez

1.                 El uso de planillas será obligatorio en todas las competiciones en las que el ritmo de juego lo requiera salvo que las bases de la competición dispongan lo contrario. En las competiciones por equipos corresponde proporcionarlas al equipo en cuyo local se disputen los encuentros.

2.                 Las planillas serán con calco en las competiciones donde sus bases lo especifiquen. En estos casos, el original quedará en poder de la FAPA que se reserva el derecho de su publicación en cualquier medio de comunicación.

3.                 Se tolera el uso del sistema descriptivo, aunque se recomienda el sistema algebraico (que es el oficial de la FIDE). Las planillas en las que se utilice un sistema de anotación distinto al algebraico, no podrán ser utilizadas como prueba en casos en los que la planilla de un jugador se usa para tal fin.

4.                 Cuando una partida finalice, los jugadores deberán firmar ambas planillas, comunicar el resultado y entregar el original al árbitro si fuera obligatoria la utilización de planillas con calco.

Artículo 27º: Uso del reloj de ajedrez 
 
El uso del reloj de ajedrez es obligatorio, excepto en aquellas competiciones cuya circular de convocatoria excluya su empleo.
 
Artículo 28º: Órdenes de fuerza
 
                    Para la confección de los órdenes de fuerza en las competiciones individuales que lo precisen, se utilizarán los siguientes criterios:
                    
                    a) Elo FIDE;
                    b) titulación FIDE; 
                    c) elo FEDA; 
                    d) orden alfabético.
 
Artículo 29º: Desempates
 
                    Se utilizarán los siguientes sistemas de desempate salvo que las bases del torneo indiquen otros
 
1.                 En las competiciones individuales  por Sistema Suizo
 
        a) Bucholz- 1 FIDE
 
        b) Bucholz Total FIDE
 
        c) Sonnebörn-Berger FIDE
 
        d) Progresivo
 
        e) Sorteo
 
2.                 En las competiciones individuales por sistema de liga 
 
a) Sonnebörn-Berger
 
b) Resultado Particular (si son dos jugadores) y si son tres o más el que haya logrado mayor puntuación en sus respectivos encuentros particulares (la consiguiente liguilla entre los empatados)
 
c) Número de victorias
 

d) Match a dos partidas a cinco minutos finis, alternando los colores (sólo para decidir premios).. En caso de empate se jugará una partida relámpago, sorteándose el color, con cinco minutos para el blanco y cuatro para el negro, estando el blanco obligado a ganar.

 
e) Sorteo
 
3.                 En las competiciones por equipos por sistema de liga
 

a)         Menor número de incomparecencias

b) Resultado particular (si son dos los equipos empatados) y si son tres o más el que haya logrado la mayor puntuación en sus respectivos encuentros particulares (la consiguiente liguilla entre los equipos empatados).

c)         Sistema Holandés: entre los implicados en el empate.

d)         Victoria en el primer tablero, en caso de empate victoria en el segundo tablero, etc...

e)         Sonneborn-Berger.

f) Sorteo, salvo para decidir puestos de ascenso o descenso o Campeón en cuyo caso se disputará un match o torneo, con fechas y bases a decidir por el Comité de Competición.

 
4.                 En las competiciones por Equipos por Sistema Suizo
 
        a) Menor número de incomparecencias
 
        b) Bucholz- 1 FIDE
 
        c) Bucholz Total FIDE
 
        d) Sonnebörn-Berger FIDE
 
        e) Progresivo
 
        f)  Suma de puntos individuales de todos los encuentros. 
 

            g) Sorteo, salvo para decidir puestos de ascenso o descenso en cuyo caso de disputará un match o torneo con fechas y bases a decidir por el Comité de Competición.

 

Desempate FIDE: Las partidas no jugadas (incomparecencias, descansos, jugadores eliminados) serán consideradas como tablas.

Artículo 30º:

A efectos de este Reglamento se entenderá como organizador al club, persona o entidad a quien la FAPA haya concedido la organización de un campeonato.

Artículo 31º:

La FAPA convocará un concurso para la organización de los campeonatos que no organice directamente, mediante circular aprobada por la Junta Directiva en la que se establecerán los requisitos mínimos exigidos para la organización de la prueba, señalando un plazo para que los organizadores envíen sus propuestas a la FAPA.

Artículo 32º:

Las propuestas deberán dirigirse a la Junta Directiva de la FAPA que será quien adjudique la organización correspondiente.

Artículo 33º:

1.                 La sala de juego deberá tener una amplitud suficiente, proporcional al número estimado de participantes. También deberá tener una buena luminosidad, ausencia razonable de ruidos, fácil acceso a los servicios y una temperatura adecuada para un mejor desarrollo del juego, además de las mesas de juego y sillas necesarias para los jugadores participantes.

2. Próxima a la sala de juego deberá haber otra con juegos y tableros para el análisis de las partidas, evitando que el mismo se realice en la sala de juego.

Artículo 34º:

1.                 Las mesas de juego deberán tener unas medidas mínimas de 70x70 centímetros. Podrán ser sustituidas por tableros corridos, siempre que tengan el ancho indicado y se asigne a cada jugador un espacio igual o superior a 70 centímetros. A ser posible, se cubrirán los tableros corridos con algún tapete de tela o papel.

2.                 Las sillas deberán ser cómodas y de altura proporcional a las mesas de juego.

Artículo 35º:

1.                 Los tableros deberán ser de madera o plástico, pintados o acabados en colores mates para evitar los reflejos de luz. Los cuadros deberán tener de 4 a 6 centímetros de lado.

2.                 Las piezas serán del modelo Staunton o similar, de los números 4, 5 ó 6, guardando armonía con el tamaño del cuadro.

Artículo 36º:

Los relojes deberán ser fiables y, en la medida de lo posible, de la misma marca.

Artículo 37º:

Los torneos oficiales que cumplan los requisitos para elo FEDA o FIDE serán enviados para su cómputo, salvo que en las bases se indique lo contrario.

Capítulo 3: Arbitraje

Artículo 38º:

El Comité de Árbitros de la FAPA, designará al árbitro principal y al/los árbitro/s adjunto/s, si procede.

Artículo 39º:

Caso de disconformidad con las decisiones arbitrales, el jugador disconforme con las mismas dirigirá, en primera instancia, en un plazo de una hora, un escrito al Comité de Competición del Torneo, si lo hubiere, en segunda instancia al Comité de Competición de la FAPA, siendo en este caso el plazo de 24 horas y en tercera instancia al Comité de Disciplina Deportiva del Principado de Asturias.

Artículo 40º:

El árbitro tendrá la potestad de solicitar la licencia federativa o el DNI para identificar a los jugadores.

Artículo 41º:

1.                 El Árbitro Principal tendrá las funciones y responsabilidades siguientes:

a) Será el responsable de la competición y de la aplicación correcta de las normas de juego en vigor, de lo especificado en las Bases y de las reglas de la FIDE (instruyendo, si lo considera necesario, a los árbitros adjuntos y auxiliares).

b) Redactará, de acuerdo con el Comité de Árbitros de la FAPA, las Bases Técnicas, según lo especificado en este Reglamento, y en las normas de la FIDE vigentes en cada momento y las presentará al Director de Torneo. De todas formas la responsabilidad de la aplicación de las mismas será del Árbitro Principal.

c) Colaborará con el Director de Torneo en la revisión técnica del material e instalaciones. Supervisará las instalaciones y material de juego poniendo en conocimiento del organizador las deficiencias que observe. Si no fueran subsanadas advertirá al Director de Torneo por si las mismas fueran objeto de incumplimiento de contrato.

d) Distribuirá funciones complementarias, entre los Árbitros Adjunto y Auxiliares

e) Confirmará la lista inicial de participantes facilitada por la FAPA y hará los emparejamientos, cumpliendo con todo lo estipulado en el Reglamento vigente en la FIDE en todo momento. Asimismo, hará las clasificaciones por rondas, y la clasificación final, aplicando los sistemas de desempate que se indiquen en las Bases.

f) De estos emparejamientos y clasificación, dará copia al Director de Torneo, a la Organización, a los responsables de prensa y Boletín, a los jugadores de forma general o específica. Asimismo lo expondrá en el tablón de anuncios de la competición.

g) Nombrará su sustituto en el torneo, de entre los árbitros adjuntos, para las ausencias temporales o definitivas del mismo. Este nombramiento deberá realizarse antes del comienzo de la primera ronda. Si en el torneo no hubiera árbitros adjuntos, nombrará a un árbitro auxiliar previa consulta con el Comité de Árbitros.

h) Una vez terminada la prueba emitirá los informes preceptivos para la FEDA y para la FIDE. De estos informes dará copia a la organización y Director de Torneo

i) Igualmente expedirá certificaciones a los jugadores acreedores a normas de titulación o rating que lo soliciten.

j) Dispondrá la ubicación en la sala de los árbitros adjuntos y auxiliares y supervisará el cumplimiento por los mismos de las funciones a ellos encomendadas.

k) Mantendrá en todo momento la máxima colaboración con el organizador y con el Director de Torneo, para conseguir el éxito de la prueba.

Artículo 42º:

1.                 Los árbitros adjuntos tendrán las siguientes funciones:

a) Vigilar que en el sector de la sala que les sea encomendada por el Árbitro Principal se cumplan las Reglas del Ajedrez, las Bases Técnicas del torneo y las normas de la FIDE para el mismo.

b) Revisar los relojes y piezas antes de comenzar las partidas y antes de las reanudaciones.

c) Ordenar el aplazamiento de las partidas, comprobando que en el sobre constan correctamente todos los datos necesarios, así como estar presente en la reanudación de las partidas, abriendo el sobre según indican las Leyes del Ajedrez. Todo ello a tenor de las directrices marcadas por el Árbitro Principal.

d) Al finalizar las partidas recabarán de los contendientes la firma en las planillas y entregarán estas al Árbitro Principal.

e) Resolverán en primera instancia cualquier litigio que sobre las Leyes del Ajedrez y sobre las Bases Técnicas se puedan producir, dando cuenta con la mayor rapidez posible al Árbitro Principal, e incluso recabando su colaboración si tuviera alguna duda sobre la interpretación de las mismas.

f) Cualquier otra función propia de su cargo que les sea encomendada por el Árbitro Principal.

2.                 En caso de ausencia temporal o definitiva de la competición del Árbitro Principal, éste será sustituido por el Árbitro Adjunto, siguiendo lo establecido en el apartado g) del art. 41 1. de este Reglamento.

Artículo 43º:

1.                 Los árbitros auxiliares, que deberán tener la titulación como mínimo de árbitro regional o árbitro regional en prácticas, serán nombrados por el Comité de Árbitros a propuesta del organizador y tendrán encomendadas entre otras las funciones establecidas en el art. 42 1. de este Reglamento.

2.                 Sustituirán al árbitro principal del torneo, en las condiciones en que se especifica en apartado g del art. 41 1. de este Reglamento.

Capítulo 4: Comité de Competición

Artículo 44º:

El Comité de Competición de la FAPA será el encargado de revisar que se cumplan las normas dispuestas en el presente reglamento, pudiendo actuar de oficio en caso de incumplimiento de algún artículo.

Capítulo 5: Director de Torneo

Artículo 45º:

El Director de Torneo, tendrá las siguientes funciones:

a) Representar a la FAPA ante el organizador, clubes o jugadores relacionados con la competición para la que ha sido nombrado.

b) Comprobar el local, material empleado y todo aquello que considere necesario relativo a la organización del campeonato.

c) Informar a la Junta Directiva de la Federación, de lo acontecido en el desarrollo del campeonato.

Capítulo 6: Campeonatos Individuales

Artículo 46º:

La FAPA organizará anualmente los Campeonatos Individuales Autonómicos en las distintas categorías.

Artículo 47º:

1.                 Las inscripciones para los campeonatos se realizarán en la Federación en los impresos que a tal efecto esta proporcione, y en el plazo que establezca.

2.                 Finalizado el plazo, los jugadores que se inscriban se incorporarán a la segunda ronda. Una vez realizado el emparejamiento de la segunda ronda, no se admitirán inscripciones.

Artículo 48º:

Las partidas aplazadas, si las hubiere, podrán jugarse dentro de las 72 horas siguientes siempre que exista acuerdo entre los jugadores y árbitro. De no mediar este, habrá de jugarse en la fecha y hora determinadas en las bases de la competición. De no especificarse este extremo en las mismas, decidirá el Comité de Competición de la Federación en un plazo máximo de 72 horas. El resultado de la misma será comunicado por el conductor de las piezas blancas. De no hacerlo así, incurrirá en infracción leve, sancionable de oficio.

Artículo 49º:

En caso de fuerza mayor, y previo aviso al árbitro, podrá aplazarse una partida por un plazo superior a las 72 horas. La partida habrá de estar terminada 48 horas antes del comienzo de la ronda siguiente.

El jugador que hubiese motivado el aplazamiento tiene la obligación de comunicar al árbitro lo antes posible el resultado de la partida. De no hacerlo así, incurrirá en infracción leve sancionable de oficio.

Artículo 50º:

Una partida podrá adelantarse si existe acuerdo entre los jugadores y autorización del árbitro de la competición. El resultado de la misma habrá de comunicarse al árbitro, por el conductor de las piezas blancas, con un mínimo de 8 horas de antelación al comienzo de la ronda correspondiente. Caso de no hacerlo así, incurrirá en infracción leve, sancionable de oficio.

Artículo 51º:

La incomparecencia a una ronda de juego deberá ser justificada por escrito por el jugador ante el árbitro de la competición en el plazo máximo de 48 horas desde la misma.

Artículo 52º:

La incomparecencia justificada o no, a dos rondas de juego, consecutivas o alternas, o la incomparecencia a la primera ronda podrá suponer a juicio del Arbitro Principal, la eliminación del jugador de la competición.

Artículo 53:

La retirada injustificada o eliminación por incomparecencia injustificada de un torneo será considerada como infracción muy grave.

Capítulo 7. Campeonato de Asturias Individual Absoluto

Artículo 54º:

El Campeonato estará abierto a la participación de todos los jugadores federados

Artículo 55º:

El Campeonato se disputará en dos fases: Torneos Zonales de 4ª división y Fase Final.

1.                 Torneos Zonales de 4ª División

1.1               Los clubes podrán solicitar la organización de los torneos zonales, que podrán ser los siguientes: Oviedo, Gijón, Avilés, Llanera, Siero, Sama, Mieres, Cangas del Narcea, Luarca.

1.2               Si existe un número de jugadores suficientes (al menos 15) se podrá organizar un torneo zonal en otra localidad, previa aprobación de la FAPA.

1.3               Podrán participar todos los jugadores con licencia en vigor que pertenezcan a la 4ª División.

1.4               Las inscripciones se harán en la Secretaria de la FAPA o al club organizador. No obstante, el club organizador deberá, antes del inicio del torneo, remitir los inscritos a la FAPA para que compruebe que cumplen con los requisitos establecidos en el presente reglamento.

1.5               Los árbitros serán nombrados por el Comité de Árbitros, procurando éste designar árbitros del club organizador.

1.6               Salvo que las bases de la competición indiquen otra cosa se jugará por Sistema Suizo a seis rondas, si bien podrá variar en función del número de inscritos. El ritmo de juego será de 90 minutos más 30 segundos por jugada

1.7               Jugarán en Tercera División los primeros clasificados, hasta el 10% de los emparejados en la penúltima ronda, redondeando al número entero superior. Cuando el Zonal de 4ª División hubiera finalizado antes del inicio de la Tercera División, los jugadores ascendidos podrán participar en ella esa misma temporada.

2.                 Fase Final

- 1ª División   : Podrán participar

Para calcular la media de Elo FIDE si un jugador no tiene elo FIDE se tomará su elo FEDA y si no tuviera ninguno de los dos, se tomará el elo FIDE base vigente.

Para calcular la media de Elo FEDA si un jugador no tiene elo FEDA se tomará su elo FIDE y si no tuviera ninguno de los dos, se tomará el elo FEDA base vigente.

En caso de que haya menos de 30 jugadores inscritos participarán los inscritos en 2ª, ordenados por Elo Feda, hasta completar 30 jugadores.

- 2ª División   : Podrán participar:

Para calcular la media de Elo FIDE si un jugador no tiene elo FIDE se tomará su elo FEDA y si no tuviera ninguno de los dos, se tomará el elo FIDE base vigente.

Para calcular la media de Elo FEDA si un jugador no tiene elo FEDA se tomará su elo FIDE y si no tuviera ninguno de los dos, se tomará el elo FEDA base vigente.

En caso de que haya menos de 50 jugadores inscritos participarán los inscritos en 3ª, ordenados por Elo Feda, hasta completar 50 jugadores.

- 3ª División   : Podrán participar

Para calcular la media de Elo FIDE si un jugador no tiene elo FIDE se tomará su elo FEDA y si no tuviera ninguno de los dos, se tomará el elo FIDE base vigente.

Para calcular la media de Elo FEDA si un jugador no tiene elo FEDA se tomará su elo FIDE y si no tuviera ninguno de los dos, se tomará el elo FEDA base vigente.

En todo caso, un jugador que pudiera jugar en dos categorías (por ejemplo, en una por clasificación del año anterior y en otra por elo) siempre deberá jugar en la categoría superior.

- 4ª División. Zonal Provincial.

Podrán participar todos los jugadores federados que no pueden inscribirse en 1ª, 2ª y 3ª división.

Capítulo 8. Campeonato de Asturias Individual de Edades

Artículo 56º:

Se disputará cada Campeonato: Sub 10, Sub 12, Sub 14, Sub 16, Sub 18 y Veteranos, de forma independiente.

Artículo 57º:

Los dos primeros clasificados representarán a la Federación Asturiana en los respectivos Campeonatos de España (siempre que se cumpla la normativa FEDA de que uno de ellos sea una mujer. En el caso de que ambos puestos recayeran en dos varones, se clasificarán para el Campeonato de España el Campeón y la primera mujer), con las condiciones económicas que la FEDA estipule mediante circular.

 

Todo ello siempre que se celebre el Campeonato de España de esa categoría en esa temporada.

Artículo 58º:

Podrán participar en el Campeonato todos los jugadores, con licencia en vigor y que tengan las siguientes edades:

Sub 10: jugadores que tengan 10 años de edad o menos al 31 de Diciembre del año en que finalice la temporada a que corresponde la competición.

Sub 12: jugadores que tengan 12 años de edad o menos al 31 de Diciembre del año en que finalice la temporada a que corresponde la competición.

Sub 14: jugadores que tengan 14 años de edad o menos al 31 de Diciembre del año en que finalice la temporada a que corresponde la competición.

Sub 16: jugadores que tengan 16 años de edad o menos al 31 de Diciembre del año en que finalice la temporada a que corresponde la competición.

Sub 18: jugadores que tengan 18 años de edad o menos al 31 de Diciembre del año en que finalice la temporada a que corresponde la competición.

Veteranos: jugadores que hayan cumplido los 55 años de edad al 31 de Diciembre del año en que finalice la temporada a que corresponde la competición

Artículo 59º:

Salvo que las bases de la competición indiquen otra cosa se jugará por Sistema Suizo a seis rondas, si bien podrá variar en función del número de inscritos. El ritmo de juego será de 90 minutos más 30 segundos por jugada

Capítulo 9. Campeonato de Asturias Individual Relámpago

Artículo 60º:

Salvo que las bases de la competición indiquen otra cosa se jugará por Sistema Suizo Acelerado a 11 rondas, si bien podrá variar en función del número de inscritos. El ritmo de juego será de 5 minutos por jugador y partida

 

 

Capítulo 11. Campeonato de Asturias Individual Rápido

Artículo 61º:

Podrán participar todos los jugadores con licencia en vigor aunque por razones de espacio se podría limitar la participación de los jugadores sin elo FEDA según su orden de inscripción.

Artículo 62º:

Salvo que las bases de la competición indiquen otra cosa se jugará por Sistema Suizo a 7 rondas, si bien podrá variar en función del número de inscritos. El ritmo de juego será de 20 minutos por jugador y partida.

 

Artículo 63º:

El Campeón representará a la FAPA en el Campeonato de España Rápido con gastos de alojamiento y manutención a cargo de la FAPA. Todo ello siempre que se celebre el Campeonato de España de Ajedrez Rápido en esa temporada.

Capítulo 12. Campeonatos de Equipos

Artículo 64º: Capitán

1.                 Todo equipo tendrá un capitán, que será quién lo represente ante el Arbitro, Director del torneo, Comité de Competición y/o cualquier otro estamento de la FAPA relacionado con la competición.

El capitán del equipo deberá ser un jugador, monitor, entrenador o árbitro federado y tendrá la obligación de conocer perfectamente los Reglamentos

2.                 Los capitanes de los equipos cuidarán del comienzo, la buena marcha, así como de la terminación de los encuentros, resolviendo conjuntamente los problemas que pudieran presentarse en la celebración de los mismos.

3.                 La misión del capitán de equipo es esencialmente asesorar, interviniendo en el desarrollo de las partidas solo a requerimiento de los jugadores, y siempre conjuntamente con el árbitro o el capitán del otro equipo.

El capitán está autorizado a indicar a los jugadores de su equipo que hagan o acepten una oferta de tablas o que abandonen. Debe limitarse a dar sólo una información breve, basada solamente en las circunstancias relativas al encuentro. El capitán puede decir a un jugador: “ofrezca tablas”, “acepte las tablas” o “abandone la partida”. Por ejemplo, si, preguntado por un jugador a cerca de una oferta de tablas, el capitán debe contestar “sí”, “no” o delegar la decisión en el propio jugador.

En ultima instancia la decisión corresponderá al jugador no estando, por tanto, obligado a aceptar el consejo del capitán del equipo.

                    De igual manera, el capitán de equipo no puede actuar en nombre de un jugador de su equipo sin el consentimiento expreso de este.

5.                 El capitán de un equipo deberá dirigirse al del otro para tratar cualquier tema que afecte a alguna de las partidas del encuentro, o de los jugadores que las disputan, no pudiendo hacerlo directamente con los jugadores del otro equipo.

6.                 El capitán debe abstenerse de cualquier intervención durante el juego. No debe dar información a un jugador acerca de la posición en el tablero, ni consultar a cualquier otra persona acerca de la situación de la partida. Tampoco debe informar a un jugador que se ha olvidado de pulsar el reloj, o el número de jugadas que le faltan para el control. Los jugadores están sujeto a las mismas prohibiciones. El incumplimiento de estar norma se sancionará con la pérdida de la partida.

7.                 El capitán de equipo que incumpla alguna de sus obligaciones o funciones podrá ser sancionado federativamente.

8.                 No es incompatible que un jugador ejerza de capitán, pero no está autorizado a detener la marcha del reloj de su partida en caso de incidencia en que deba intervenir.

Artículo 65º: Eliminaciones y Retiradas

1                  Si un equipo se retira o es eliminado de una competición por sistema de liga, habiendo disputado menos del 50% de los encuentros, los puntos conseguidos por él o contra él, se anularán, aunque las partidas se contabilizarán para el elo.

2.                 Si en el momento de la retirada o eliminación de una competición por sistema liga, el equipo hubiera disputado al menos el 50% de los encuentros, los resultados obtenidos tanto por él como por sus oponentes sí se computarán para la clasificación final. En los encuentros no disputados por el equipo retirado se otorgarán todos los puntos en litigio al equipo rival.

Se cambia la redacción y se añade justo el 50% que antes no se englobaba en ningún sitio.

Artículo 66º: Aplazamientos

1.                 En el caso de jugadores que tengan que participar en campeonatos oficiales de categoría nacional o internacional, individuales o por equipos, la FAPA podrá acordar el aplazamiento o suspensión de los correspondientes encuentros o rondas.

2.                 Por acuerdo entre los equipos, previa autorización de la FAPA, podrá adelantarse la disputa de cualquier encuentro de una ronda.

Para ello, hasta 24 horas antes de la celebración del mismo, deberá presentarse en la FAPA la correspondiente petición, firmada por los capitanes de los equipos exponiendo las razones de la solicitud.

3.                 El equipo que con motivada justificación desee aplazar un encuentro lo hará a través de escrito con firma original del delegado cuya entrada en el registro de la FAPA se producirá con un plazo mínimo de cuatro días antes de la celebración del mismo y esperarán respuesta de esta, que lo hará como mínimo veinticuatro horas antes de la hora y día fijados para el encuentro en el calendario oficial. No se considera justificación motivada circunstancias personales de los deportistas, ya que un equipo tendrá el número de jugadores suficientes para cubrir estas incidencias.

4.                 La FAPA se reserva el derecho de aplazar cualquier encuentro siempre que avise a los equipos implicados al menos con doce horas de antelación al día y hora fijados para el mismo en el calendario oficial.

5.                 La FAPA se reserva el derecho de suspender, por causas de fuerza mayor, una jornada. Para ello avisará, con al menos, doce horas de antelación, a los capitanes de los equipos implicados. Esta jornada se disputará en la primera fecha disponible.

Artículo 67º: Local de juego

1.                 Antes del inicio o durante la Competición, el Comité de Competición de la FAPA podrá revisar los locales de juego, emitiendo un informe sobre los mismos: según el estado de la luz, calefacción, ausencia de ruido, disponibilidad de mesas, sillas, tableros, piezas, relojes y su estado. El Comité de Competición decidirá si un local de juego es apto o no, debiendo buscar el equipo otro local o corregir los defectos del suyo.

2                  Está terminantemente prohibido fumar en la sala del local de juego donde se disputen los encuentros.

3.                 Está terminantemente prohibido el uso de cualquier tipo de teléfono, aparato de radio, aparato de TV, en la sala del local de juego donde se disputen los encuentros, al igual que cualquier otro actividad que impida la concentración de los deportistas.

4.                 Los jugadores que deseen abandonar la sala de juego deberán hacerlo con el consentimiento del árbitro, o capitán del equipo rival.

 

Capítulo 13. Campeonato de Asturias por Equipos

Se integra el anexo b dentro del reglamento

Artículo 68: Formato De La Competición

1.                 La FAPA organizará anualmente el Campeonato por Equipos en todas sus categorías: 1ª, 2ª, 3ª y 4ª.

2.                 Un club no podrá tener más de un equipo ni en categoría 1ª  ni en 2ª. En 3ª existe un límite de dos, debiendo estar en grupos distintos. En 4ª no hay límite de equipos.

Artículo 69: Inscripción

Los clubes presentarán cada año en la FAPA, en el plazo fijado por esta mediante circular, la dirección de su local de juego,  los datos de los jugadores y su orden de fuerza. La no presentación de todos los datos solicitados por la FAPA o el no remitir la documentación antes de la fecha límite señalada a través de circular podrá ser causa de exclusión de la Competición.

En el caso de que dos clubes presenten a un mismo un jugador, el jugador deberá decidir con que club se alinea.

El jugador que en la misma temporada hubiese participado en la competición por equipos clasificatoria para el Campeonato de España en otra Comunidad Autónoma o Provincia, no podrá jugar esta competición.

Artículo 70: Composición de los Equipos.

1.                 Los clubes con equipos en categoría 1ª o 2ª deberán presentar un mínimo de doce jugadores. Los de 3ª un mínimo de diez y los de 4ª un mínimo de 8.

2.                 Los equipos de 1ª y 2ª deberán presentar un mínimo de ocho jugadores. Los de 3ª un mínimo de seis y los 4ª un mínimo de cuatro.

4.                 No se permitirá la alteración del orden de los tableros del orden de fuerza de un equipo una vez finalizado el periodo de notificación de los mismos que establecerá la FAPA a través de circular.

5.                 Hasta la disputa del 50% de rondas, redondeándose al número entero inferior, el orden de fuerza de un equipo podrá ser ampliado (nunca modificado) con jugadores que no se haya tramitado aún su licencia, hasta un total de dos. Para ello será necesario primeramente la diligencia de la licencia federativa para la temporada en cuestión, y a continuación se presentará un nuevo orden de fuerza donde se incluirán los nuevos jugadores. Estos se situarán en la lista del orden de fuerza ocupando los últimos lugares. Los cambios en el orden de fuerza serán comunicados mediante circular. El nuevo orden de fuerza deberá presentarse, al menos con 5 días de antelación, a la disputa de la siguiente ronda.

6.                 Cada equipo podrá presentar en su relación de jugadores, (titulares más suplentes), un máximo extranjeros según el artículo 18.

Artículo 71: Sistema De Juego

Las partidas se iniciarán a las 16:00 horas, salvo que la circular indique otra cosa.

El sistema de juego será liga a una vuelta en 1ª, 2ª y 3ª. En 4ª Categoría dependerá del número de equipos: si se inscriben 12 equipos o menos, una liga; de 13 a 24 equipos, suizo a 8 rondas; de 25 a 40 equipos suizo a 9 rondas y más de 40 equipos suizo a 10 rondas. Se evitará que los clubes muy separados geográficamente se enfrenten. Esta disposición no se aplicará en las tres últimas rondas.

El ritmo de juego por jugador será de 90 minutos más 30 segundos añadidos por jugada a finis.

La categoría 1ª y 2ª estará formada por 12 equipos. 3ª estará formada por 24 equipos distribuidos en dos grupos de 12 equipos cada uno de acuerdo a la distribución regulada en el artículo 72. La 4ª categoría estará formada por todos los equipos que libremente deseen inscribirse, independientemente del número de equipos de cada club en la categoría.

Artículo 72: Orden de fuerza y sorteo

En el sorteo se atenderán en lo posible, siempre primando la aleatoriedad en las categorías superiores sobre las inferiores, las peticiones razonadas de los clubes que quieran que sus equipos jueguen todos a la vez en casa o alternativamente. Las peticiones deberán constar en la FAPA por cualquiera de los medios válidos con al menos 48 horas de antelación al sorteo

En todas las categorías por sistema de liga se sortearán los numero iniciales

En 3ª se establecerá un orden de fuerza inicial para distribuir los equipos en los dos grupos de la manera más homogénea posible. No obstante, una vez distribuidos en cada grupo, se sortearán los números iniciales. El orden de fuerza de los equipos se determinará por la clasificación en el último Campeonato de Asturias por Equipos en orden decreciente de las categorías: 2ª, 3ª y 4ª. En caso de encontrarse en la misma categoría tendrá mejor orden quien tenga mayor porcentaje de puntos del último torneo por equipos. Si persiste el empate, tendrá mejor orden quien haya hecho mayor número de puntos. Por último se decidirá por sorteo.

Los grupos se realizarán siguiendo la siguiente distribución:

Grupo 1: 1-4-5-8-9-12-13-16-17-20-21-24

Grupo 2: 2-3-6-7-10-11-14-15-18-19-22-23

En caso de que coincidan en un mismo grupo dos equipos pertenecientes a un mismo club, el de menor fuerza se intercambiará con el equipo que en el otro grupo se encuentre colocado en la misma posición.

En caso de que se distribuyan en el mismo grupo, dos equipos muy alejados geográficamente, el Comité de Competición podrá intercambiar el equipo implicado de menor fuerza con el equipo del otro grupo que se encuentre en la misma posición.

En 4ª Categoría (sistema suizo) el orden de fuerza de los equipos se determinará por la media de los 4 primeros jugadores por Elo Feda. En el caso de que un jugador no tenga elo se considerará  a efectos del cálculo el elo feda base vigente. En caso de empate, tendrá mejor ranking aquel que tenga más jugadores con elo (entre los 4 primeros); si persiste el empate, se calculará la media de 5 jugadores, 6... hasta que se deshaga el empate o algún equipo no disponga de más jugadores, en cuyo caso figurará por delante el equipo con mayor número de jugadores. Si persiste el empate, se decidirá por sorteo.

Artículo 73: Disposiciones de Juego

1.- El equipo local conducirá las piezas blancas en los tableros impares y las negras en los pares.

2.                   El número de tableros a los que se disputarán los encuentros son:

Ocho tableros para 1ª y 2ª

Seis tableros para 3ª

Cuatro tableros para 4ª

En 1ª, 2ª y 3ª se sumarán los puntos de cada tablero para determinar el resultado del encuentro. En 4ª la puntuación será 2, 1, 0, según se haya ganado, empatado o perdido el encuentro al sumar los puntos individuales.

Artículo 74: Alineaciones

1.                 En cada equipo los jugadores deberán alinearse atendiendo de manera rigurosa al orden de fuerza del club. Por ello, nunca un jugador podrá ser alineado en un encuentro detrás de otro con un número de orden de fuerza superior.

2.                 Todo jugador que figure en dos actas de encuentros como no compareciente en la misma temporada, será dado de baja del orden de fuerza del club para el resto del torneo.

3.                 En caso de que autorizados por la FAPA dos equipos jugasen una ronda del campeonato en una fecha distinta de la programada en el calendario oficial, no se podrán alinear en este encuentro jugadores que participen con otro equipo del club en otro encuentro correspondiente a fecha inicialmente designada. En caso de que el equipo no solicitante del aplazamiento no pudiera disponer de jugadores suficientes por causas de fuerza mayor en la fecha elegida, el Comité de Competición podrá fijar una nueva fecha de juego.

Caso de incumplimiento, se considerará alineación indebida, imputándose al equipo que juegue el encuentro en fecha posterior.

4. Un jugador no podrá constar en dos actas de diferentes encuentros correspondientes a la misma ronda, se presente a jugar o no. De producirse este hecho se considerará alineación indebida del equipo de inferior categoría, salvo en el caso expuesto en el punto 3 de este mismo artículo. (añadido)

5.                 La alineación indebida supondrá la pérdida de los puntos desde el tablero en que tuvo lugar.

6.                 Se producirá alineación indebida en los siguientes casos:

a)                 Cuando un jugador dispute dos partidas correspondientes a la misma jornada, aunque una de ellas se haya celebrado en fecha diferente, en aplicación de lo indicado en el art. 74.3 de este Reglamento.

b)                 Cuando participe y/o figure en el acta en el encuentro un jugador que no esté federado, o que pertenezca a un equipo de igual o superior categoría o bien esté federado por otro club o con licencia independiente.

c)                 La alteración del orden de fuerza.

d)                 Cuando un jugador participe y/o figure en un acta de la misma ronda de un equipo de superior categoría, según el art. 74.4.

e)                 Cuando participe en el encuentro un jugador que no figura en el acta

f)                  Cuando participe y/o figure en el acta un jugador sancionado sin jugar y/o eliminado de la Competición.

7.                 No será imprescindible nominar en el acta del encuentro a los jugadores no presentados siempre que estos sean el último o últimos tableros.

Artículo 75: Trasvase de Jugadores

1.                 Dentro de un mismo club no se permitirá el trasvase de jugadores de categoría superior a categorías inferiores, ni entre categorías iguales.

2. Se autoriza a los clubes que dispongan de equipos filiales en categorías inferiores a incluir cualquier jugador/es de éstos en los equipos de superior categoría. Estos jugadores ocuparán los últimos lugares en el orden de fuerza del equipo que recurra a ellos, respetando el orden de fuerza del equipo de donde provienen, y de conformidad con el siguiente ejemplo el jugador n 2 de 2ª queda adscrito a 1ª. En ronda posterior el jugador nº1 de 2ª "asciende" también (aunque no quede adscrito) a 1ª. En tal caso el nº1 ocuparía tablero anterior al nº2. No existirán limitaciones a la incorporación de jugadores de filiales a equipos de superior categoría, exceptuando la adscripción en la quinta partida. Cuando un jugador ascienda a distintos equipos de categoría superior quedará adscrito en el equipo en que juegue la quinta partida como ascendido.

3.                 Cuando un jugador ascienda a equipo de categoría superior por cinco veces  quedará incluido en éste, sin posibilidad de retorno a su equipo de origen.

4.                 Se podrán extraer jugadores de un equipo, aunque éste haya finalizado la competición.

5.                 En caso de que un equipo se retire o sea eliminado del Campeonato, los jugadores de dicho equipo no podrán ser utilizados por un equipo de categoría superior, a no ser que ya estén adscritos al mismo por haber disputado con él cinco partidas

Artículo 76: Ascensos y Descensos (Descalificaciones y retiradas)

Se proclamará Campeón de Asturias el equipo que quede clasificado en primer lugar, pasando a ser representante de la Federación Asturiana de Ajedrez en el Campeonato de España.

Descenderán a la categoría 2ª los tres últimos clasificados.

Ascenderán a categoría 1ª los equipo que ocupen los tres primeros puestos de la clasificación de 2ª

 

Descenderán a la categoría 3ª los cuatro últimos clasificados de 2ª

Ascenderán a categoría 2ª los equipos que ocupen los dos primeros puestos de la clasificación de cada grupo de 3ª

Descenderán a categoría 4ª los dos últimos clasificados de cada grupo de 3ª.

Ascenderán a categoría 3ª  los 4 primeros clasificados de 4ª.

Todo equipo descalificado o retirado de la competición desciende automáticamente de categoría.

2.                 Al acabar la Competición se repescarán o ascenderán tantos equipos como sean necesarios para mantener las Categorías con el correspondiente número de equipos, según el art. 71

3.                 Los equipos que desciendan por ser eliminados o retirados no podrán ser repescados.

4.                 Si ascienden directamente dos o más equipos de un mismo club que militen en la misma categoría creándose una incompatibilidad con el art. 68.2 sólo ascenderá de categoría el haya obtenido mayor porcentaje de puntos. Si persiste el empate el que haya hecho más puntos y si aun persiste subirá el de letra más baja.

5.                 Si un equipo no pudiese ascender o promocionar por lo estipulado en el art. 68.2, ascendería o promocionaría el equipo siguiente clasificado.

6.                 Se permite que los filiales adelantan a los equipos superiores. Si un equipo filial tiene opciones de promocionar pero está promoción es incompatible con el art. 68.2, se retrasará la promoción hasta ver que sucede con el equipo superior.

7.                 Si un equipo desciende de categoría 1ª y coincide con otro del mismo club o desciende de categoría 2ª y coincide con dos del mismo club, el de mayor letra descenderá a la categoría inmediata inferior, de acuerdo a lo estipulado en el art. 68.2.

8.                 La no inscripción de un equipo que tuviera reconocida alguna categoría en el Campeonato conllevará la pérdida de la misma y su descenso a la última categoría (4ª).

9.                 En caso de que por reestructuración de alguna categoría, desaparición de un equipo o club, o por cualquier otro motivo, se tenga que repescar a algunos equipos se seguirán los siguientes criterios:

9.1 en caso de que el equipo que desaparece, desciende o renuncia a la categoría fuera un equipo recién ascendido, ascenderá:

a) si ascendió mediante disputa de play-off, el que hubiera disputado el play-off contra él

b) el que hubiera hecho mejor porcentaje de puntos en la categoría de la que ascendió. Se seguirá aplicando el criterio hasta agotar los equipos de la categoría, en cuyo caso se aplicará 9.2

9.2 en el resto de los casos se seguirá el siguiente criterio hasta dilucidar las plazas:

-          El que hubiera hecho mejor porcentaje de puntos en esa categoría.

-          El que hubiera logrado mejor puesto en el torneo.

Se seguirá aplicando el criterio hasta agotar los equipos de la categoría.

-          El que hubiera hecho mejor porcentaje de puntos en la categoría inmediatamente inferior.

-          El que hubiera obtenido mayor número de puntos

-          El que hubiera logrado mejor puesto en el torneo.

-          Sorteo.

Se seguirá aplicando este criterio hasta agotar los equipos de la categoría, en cuyo caso se pasará a la siguiente categoría.

Artículo 77: Incomparecencias

1.                   1.1 En caso de no personarse un jugador ante el tablero, se perderá la partida por incomparecencia pasada una hora desde la fijada como oficial de comienzo del encuentro. Se perderán tantos puntos como jugadores no se presenten.

1.2 Además se sancionará en todas las categorías con pérdida de medio punto, cada incomparecencia que no se produzca en los últimos tableros. 

                    Ejemplo

 

·         Si a un equipo le falta el 5 y el 8 tablero, se le restará 0.5 en la clasificación final

·         Si a un equipo le falta el 5 tablero se le restará 0.5 en la clasificación final

·         Si a un equipo le falta el 7 y el 8 tablero no restará ningún punto.

Si a un equipo le falta sólo el 8 tablero no se le restará ningún punto

2.                   Si a la hora fijada por la FAPA como de comienzo del encuentro un equipo no dispone, al menos, de la mitad de sus jugadores, no se podrá comenzar a jugar ninguna partida y se pondrán en marcha todos los relojes del equipo incompleto .

Si ninguno de los dos equipos tiene al menos el 50% de los jugadores, no comenzará ninguna partida y se pondrán en marcha los relojes correspondientes a los jugadores de blancas. En el momento que un equipo tenga la mitad de sus jugadores pero su rival aún no, actuará de la forma expresada en el punto anterior.

Transcurridos 60 minutos desde la hora oficial de comienzo del encuentro sin poder disponer de la mitad de sus jugadores, el equipo perderá por incomparecencia. El arbitro o capitanes reflejarán en el acta la incidencia anotando el nombre de los jugadores presentes por ambos equipos. El equipo vencedor obtendrá la máxima puntuación posible según la alineación presentada y la reglamentación en vigor (artículos 74  y 77.1)

3.                 Caso de incomparecencia de un equipo en un encuentro oficial, o de hacerlo con menos de la mitad de los jugadores, el equipo deberá entregar en la FAPA, en un plazo máximo de 48 horas desde que tuvo lugar la incomparecencia, un escrito firmado por el capitán del equipo donde se expliquen de manera detallada las causas que motivaron la incomparecencia. De no proceder de esta forma, se considerará incomparecencia injustificada a todos los efectos.

El Comité de Competición de la FAPA, a la vista de las alegaciones del club, resolverá el asunto, a la mayor prontitud.

4.                 La incomparecencia no justificada de todo el equipo a un encuentro se considera infracción muy grave.

Artículo 78: Eliminaciones y Retiradas

1.                 1ª y 2ª: La suma de diez incomparecencias individuales, o la incomparecencia de todo el equipo a un encuentro (injustificada a juicio del Comité de Competición) supondrá la eliminación del equipo, independientemente de la sanción que se le imponga por el Comité de Disciplina de la FAPA.

3ª: La suma de siete incomparecencias individuales, o la incomparecencia de todo el equipo a un encuentro (injustificada a juicio del Comité de Competición) supondrá la eliminación del equipo, independientemente de la sanción que se le imponga por el Comité de Disciplina de la FAPA.

4ª: La suma de cinco incomparecencias individuales, o la incomparecencia de todo el equipo a un encuentro (injustificada a juicio del Comité de Competición) supondrá la eliminación del equipo, independientemente de la sanción que se le imponga por el Comité de Disciplina de la FAPA.

2.                 Si un equipo no presenta al menos la mitad de los jugadores se considerará incomparecencia de todo el equipo, si bien en este caso el equipo no quedará eliminado de la competición, salvo que la suma de sus diversas incomparecencias individuales alcance las fijadas en el art 65.1.

5.                 Si un jugador incomparece a dos encuentros será eliminado de la Competición.

6.                 La retirada injustificada de un equipo de cualquier categoría se considera infracción muy grave.

Artículo 79: Actas

1. Al llegar, los capitanes de ambos equipos presentarán al árbitro la alineación y el DNI o credencial federativa (sellada por la FAPA) de sus jugadores. El árbitro mostrará a cada capitán las credenciales del equipo contrario. En caso de que no hubiese árbitro, los capitanes intercambiarán sus credenciales.

2.                 A la hora oficial de comienzo del encuentro señalada por la FAPA, el árbitro, o en su defecto el capitán del equipo local, o en ausencia de este el del visitante, pondrá en funcionamiento los relojes de los jugadores de piezas blancas.

Antes del comienzo del encuentro, los capitanes cumplimentarán el acta del mismo por triplicado en el impreso oficial de la FAPA: encabezamiento y datos de su equipo y de sus jugadores el del equipo local; datos de su equipo y de sus jugadores el del equipo visitante.

Si a la hora fijada para el comienzo del encuentro alguno de los equipos no hubiera cumplido aún estos trámites, se pondrán en marcha los relojes correspondientes a los jugadores de ese equipo, no pudiendo realizar ningún movimiento hasta que todos los datos de su equipo estén cubiertos.

En caso de que ninguno de los dos equipos haya cubierto el acta se pondrán en marcha los relojes de los jugadores de piezas blancas. En el momento que un equipo cumplimente el acta pero su rival aún no, actuará de la forma expresada en el párrafo anterior.

3.                 En el acta se hará constar el orden de los tableros, código elo, nombre y dos apellidos de los jugadores, capitanes y árbitro (si lo hubiera). La FAPA podrá revisar de oficio todas las actas de los encuentros, sancionando como infracción leve al equipo que incumpla alguna de estas normas.

4.                 Los capitanes de ambos equipos son responsables ante la Federación de la veracidad de los datos contenidos en el acta. El incumplimiento doloso de esta obligación será sancionado como infracción grave y el negligente como falta leve.

5.                 El club del equipo local tiene obligación de poseer modelos oficiales de actas y planillas en blanco en la sala donde se desarrollen las partidas.

6.                 De las dos copias del acta, cada equipo se quedará con una de ellas, teniendo la obligación el club de conservar las copias de todas las actas hasta el final de temporada. El original del acta se entregará al árbitro debidamente firmado por ambos capitanes con el resultado y/o con la protesta. Si no hubiera árbitro el capitán del equipo local tendrá la obligación de custodiarlo hasta su entrega en la FAPA.

7.                 De detectarse un error en el acta o en las planillas de un encuentro, el árbitro designado por la FAPA o subsidiariamente Comité de Competición decidirá si se corrige el acta o permanece con el resultado firmado, aunque éste sea incorrecto.

Artículo 80 Arbitraje

1.                 El árbitro del encuentro será designado por el equipo local, procurándose esté en posesión del oportuno titulo, o al menos posea la suficiente experiencia y conocimiento en materia de reglamento y arbitraje. En caso de que la FAPA lo estime conveniente, esta designará libremente al árbitro. Igualmente a solicitud de uno o de los dos equipos (corriendo éste / estos con la tasa de arbitraje) la Federación designará árbitro.

2.                 Caso de no existir árbitro, si se produjera cualquier tipo de incidencia y los jugadores o capitanes no se pusieran de acuerdo en la interpretación del Reglamento se deberá jugar “subcondicione“, esto es, se seguirá jugando normalmente la partida y se enviará el acta con la incidencia redactada, por triplicado, al dorso sin enmiendas ni tachaduras y firmada por ambos capitanes y deportistas, así como las planillas originales de ambos. Será obligatorio indicar el tiempo disponible de cada jugador en el momento de la incidencia y la hora en que se produjo el incidente. El resultado será confirmado, si procede, por resolución del Comité de Competición.

Si no se pudiera continuar la partida, se aplazará según el Apéndice A, de las Leyes de la FIDE. El Comité de Competición decidirá el resultado de la misma o su reanudación.

3.                 Finalizado el encuentro, el capitán del equipo local procederá a anotar en el acta los resultados de las distintas partidas así como el resultado final del encuentro, siendo firmada por ambos capitanes y el árbitro.

4.                 La firma del acta de un encuentro sin incidencias supone la aceptación y reconocimiento por las partes firmantes de lo que en ella se refleja, siempre y cuando el original y ambas copias tengan el mismo contenido.

5.                 La firma del acta de un encuentro con incidencias, especialmente si son de tipo conflictivo (sin acuerdo entre las dos partes), no implica la aceptación estricta de lo que en ella se indica, sino el conocimiento por las partes firmantes del contenido del acta y hoja de observaciones en cuestión.

Artículo 81: Equipo Local

2.                 Todas las partidas se jugarán en el local de juego del equipo local a las horas especificadas de antemano por la FAPA. Cualesquiera de las tres últimas rondas de cualquiera de las categorías podrían disputarse en un mismo local si la FAPA lo estima conveniente. Para ello deberá avisar con una antelación de al menos diez días naturales respecto a la primera de las rondas afectadas.

3.                 El club local deberá disponer del local de juego a la hora prevista para el encuentro con todo el material preciso para el desarrollo e inicio inmediato de las partidas, en buenas condiciones y perfectamente habilitado para el juego. Los retrasos en la apertura o acondicionamiento del local de juego serán acumulados en los relojes de los jugadores del equipo local. Si sobre la hora de inicio prevista esta demora sobrepasara los 60 minutos y no se resolvieran estos problemas el equipo local perderá todas las partidas; si las carencias afecten a la mitad o menos de los encuentros, en cuyo caso éstas partidas se darán por perdidas y se continuará jugando el resto. Se levantará acta por triplicado dando cuenta de las anomalías que provocaron la situación firmada por todos los jugadores y capitanes de ambos equipos.

4.                 En caso de producirse un cambio en el local de juego, éste debe comunicarse telefónicamente y por escrito a la FAPA y al próximo rival, con al menos cuarenta y ocho horas de antelación. La FAPA comunicará mediante circular el cambio del local de juego.

En caso de que por causa de fuerza mayor se cambie el local de juego y se avise con menos de cuarenta y ocho horas de antelación y sea imposible localizar a algunos o a todos los jugadores del otro equipo, se debe esperar a estos en el otro local de juego, cargándose el jugador o jugadores del equipo local con el tiempo que se tarde en llegar de uno a otro local de juego. En este caso, no se considera incomparecencia si se llega con más de una hora de retraso, desde el inicio de la sesión, al nuevo local de juego.

5.                 Para cambiar el local de juego se debe contar con la autorización de la FAPA.

6.                 El club local deberá tener una copia de este reglamento a disposición de cualquiera que así lo solicite, de las circulares en las que haya instrucciones para el Campeonato de Asturias por Equipos y del reglamento de las Leyes del Ajedrez de la FIDE

10.               Si algún equipo estuviera sujeto a limitaciones físicas que imposibilitaran el traslado de sus jugadores a otros locales (presos, discapacitados físicos o psíquicos, etc.) disputará todos sus encuentros en su propio local, si bien, a efecto del art. 73.1 del presente Reglamento, serán considerados como disputados en los locales del equipo oponente cuando corresponda.

Artículo 82º: Comunicación Resultado

1.                 El club del equipo local remitirá original del acta y las planillas a la sede de la FAPA antes de las 21 horas del primer miércoles siguiente a la celebración del encuentro. Si el envío se realiza por correo, la fecha del matasellos habrá de ser la del primer lunes siguiente a la celebración del encuentro.

2.                 El club del equipo local que se retrase en el envío del acta de un encuentro según lo establecido en el artículo 82.1 se atendrá a lo siguiente:

a) La primera vez que un club se retrase en el envío de un acta será infracción leve

b) La segunda vez que un club se retrase en el envío de un acta será infracción grave

c) La tercera vez que un club se retrase en el envío de un acta será infracción muy grave y automáticamente todos sus equipos serán eliminados de la categoría y grupo en los que participen, perdiendo todos los derechos adquiridos

3.                 El no envío del acta en el plazo de 5  días a la finalización del torneo será considerado como infracción grave.

4.                 Independientemente de la entrega o envío del acta del encuentro, documento que valida el resultado del mismo, el equipo local comunicará a la Federación el resultado del encuentro antes de las 19 horas del lunes siguiente, pudiendo hacerlo por E-mail: info@ajedrezastur.es o telefónicamente, dejando el resultado en el contestador automático. El incumplimiento de esta obligación constituirá infracción leve.

El cambio de mail y/o teléfono de la FAPA se comunicará mediante circular.

5.                 Los originales de las planillas de las partidas de las categorías que la Federación determine habrán de entregarse o remitirse con el acta del encuentro a la FAPA.

Artículo 83º: Elo

1         A efectos del cálculo del rating, las partidas computarán para elo FIDE y elo FEDA

2.                 Una partida no jugada (incomparecencia) no contará para el cómputo de Elo.

3.                 En caso de partidas jugadas pero anulado su resultado, el Comité de Competición decidirá sobre su cómputo.

Artículo 84º:

1.                 Para comunicar cualquier incidencia, en las horas previas al encuentro o durante el mismo, el capitán del equipo se pondrá en contacto con el Presidente del Comité de Competición o con el Secretario de la FAPA.

2.                 Las eventuales reclamaciones serán presentada, en primera instancia, por escrito al Comité de Competición con anterioridad a las 20:00 horas del lunes posterior al encuentro y en segunda instancia al Comité de Disciplina Deportiva del Principado de Asturias

 

Capítulo 13. Campeonato de Asturias por Equipos Relámpago

Artículo 85º:

El campeonato está abierto a todos los clubes federados. Cada club podrá inscribir los equipos que desee, no permitiéndose la cesión de jugarores entre equipos. Los equipos se inscribirán presentando el orden de fuerza en el plazo establecido mediante circular. Para jugadores extranjeros será de aplicación el artículo 18.

Artículo 86: Sistema de juego

El ritmo de juego será de 5’ por jugador, salvo que las bases indiquen otra cosa. Cada encuentro se juega a 8 tableros (respetándose el orden de fuerza).

Artículo 87º: Orden de fuerza

El orden de fuerza de los equipos se determinará por la media de los 8 jugadores con mayor Elo FEDA. En el caso de que un jugador no tenga elo no se considerará a efectos del cálculo. En caso de empate, tendrá mejor ranking aquel que tenga más jugadores con elo (entre los 8 primeros); si persiste el empate, se calculará la media de 9 jugadores, 10... hasta que se deshaga el empate o algún equipo no disponga de más jugadores, en cuyo caso figurará por delante el equipo con mayor número de jugadores. Si persiste el empate, se decidirá por sorteo.

Artículo 88:

Se utilizará el siguiente sistema de juego salvo que las bases de la competición indiquen otra cosa.

El sistema de juego será de liga a una vuelta.

Los equipos participantes serán divididos en dos grupos (A y B), según su orden de fuerza

Grupo A: 1, 4, 5, 8, 9, 12, 13, 16, 17, etc...

Grupo B: 2, 3, 6, 7, 10, 11, 14, 15, etc...

En caso de que coincidan en un mismo grupo dos equipos pertenecientes a un mismo club deberán enfrentarse en la primera ronda (segunda etc...)

Los dos primeros de cada grupo se clasificarán para semifinales cruzándose 1º contra 2º, (conduciendo las piezas blancas el campeón de cada grupo). Los vencedores de las semifinales se enfrentarán por el 1 y 2 puesto (sorteándose el color) y los perdedores para el 3 y 4 puesto (sorteándose el color).

Para el 5 y 6 puesto se enfrentarán los dos terceros (sorteándose el color)

Para el 7 y 8 puesto se enfrentarán los dos cuartos (sorteándose el color)

Para el 9 y 10 puesto se enfrentarán los dos quintos (sorteándose el color)

Para el 11 y 12 puesto se enfrentarán los dos sextos (sorteándose el color)

Para el 13 y 14 puesto se enfrentarán los dos séptimos (sorteándose el color)

Para el 15 y 16 puesto se enfrentarán los dos octavos (sorteándose el color)

Etc...

Todos los encuentros serán a una vuelta.

Artículo 89º: Alineación indebida

La alineación indebida (artículo 74.6) supondrá la pérdida de los puntos a partir del tablero donde se produjo la irregularidad.

Artículo 90º:

Que un equipo juegue de blancas quiere decir que los tableros impares conducen las piezas blancas.

Artículo 91º: Desempates

a. Resultado particular (si son dos los equipos empatados) y si son tres o más el que haya logrado la mayor puntuación en sus respectivos encuentros particulares (la consiguiente liguilla entre los equipos empatados).

b. Sistema Holandés: entre los implicados en el empate º

c. Victoria en el primer tablero, en caso de empate victoria en el segundo tablero, etc...

d. Sonneborn-Berger.

e. Sorteo

Artículo 92: Incomparecencias.

La suma de diez incomparecencias individuales, o la incomparecencia de todo el equipo a un encuentro supondrá la eliminación del equipo, independientemente de la sanción que se le imponga por el Comité de Competición y Disciplina de la FAPA.

Capítulo 14. Campeonato de Asturias Rápido por Equipos

Artículo 93:

El Campeonato está abierto a todos los clubes federados. Cada club podrá inscribir un los equipos que desee, no permitiéndose la cesión de jugarores entre equipos. Los equipos se inscribirán presentando el orden de fuerza en el plazo establecido mediante circular. Para jugadores extranjeros será de aplicación el artículo 18.

Artículo 96:

Se utilizará el siguiente sistema de juego salvo que las bases de la competición indiquen otra cosa.

El sistema de juego será de liga a una vuelta.

Los equipos participantes serán divididos en dos grupos (A y B), tomando como criterio distributivo la media elo (al igual que en el artículo 87)

Grupo A: 1, 4, 5, 8, 9, 12, 13, 16, 17, etc...

Grupo B: 2, 3, 6, 7, 10, 11, 14, 15, etc...

En caso de que coincidan en un mismo grupo dos equipos pertenecientes a un mismo club deberán enfrentarse en la primera ronda (segunda etc...)

Los dos primeros de cada grupo se clasificarán para semifinales, cruzándose 1 contra 2, (conduciendo las piezas blancas el campeón de cada grupo). Los vencedores de las semifinales se enfrentarán 1 y 2 puesto (sorteándose el color) y los perdedores para el 3 y 4 puesto (sorteándose el color).

Para el 5 y 6 puesto se enfrentarán los dos terceros (sorteándose el color)

Para el 7 y 8 puesto se enfrentarán los dos cuartos (sorteándose el color)

Para el 9 y 10 puesto se enfrentarán los dos quintos (sorteándose el color)

Para el 11 y 12 puesto se enfrentarán los dos sextos (sorteándose el color)

Para el 13 y 14 puesto se enfrentarán los dos séptimos (sorteándose el color)

Para el 15 y 16 puesto se enfrentarán los dos octavos (sorteándose el color)

Etc...

Todos los encuentros serán a una vuelta.

Artículo 94º:

Cada encuentro se juega a 8 tableros (respetándose el orden de fuerza).

Artículo 95º:

La alineación indebida (artículo 74.6) supondrá la pérdida de los puntos a partir del tablero donde se produjo la irregularidad.

Artículo 96º:

Que un equipo juegue de blancas quiere decir que los tableros impares conducen las piezas blancas.

Artículo 97º:

El ritmo de juego será de 20’ por jugador, salvo que las bases indiquen otra cosa.

Artículo 98:

La hora de inicio será las 16:00, salvo que las bases de juego indiquen otra cosa.

Artículo 99º: Desempates

a. Resultado particular (si son dos los equipos empatados) y si son tres o más el que haya logrado la mayor puntuación en sus respectivos encuentros particulares (la consiguiente liguilla entre los equipos empatados).

b. Sistema Holandés: entre los implicados en el empate

c. Victoria en el primer tablero, en caso de empate victoria en el segundo tablero, etc...

d. Sonneborn-Berger.

e. Sorteo

Artículo 100: Incomparecencias.

La suma de diez incomparecencias individuales, o la incomparecencia de todo el equipo a un encuentro supondrá la eliminación del equipo, independientemente de la sanción que se le imponga por el Comité de Competición y Disciplina de la FAPA.

Capítulo 15. Copa de Asturias

Artículo 101:

Podrán participar todos los clubes y jugadores federados independientemente de su participación en el Campeonato de Asturias por Equipos.

Artículo 102:

Cada club podrá inscribir cuantos equipos considere oportunos, debiendo estar formados por al menos cuatro jugadores. No se podrán trasvasar jugadores entre equipos del mismo club. Para jugadores extranjeros será de aplicación el artículo 18.

Artículo 103:

Los clubes presentarán en el plazo fijado por esta mediante circular, la dirección de su local de juego, los datos de los jugadores y su orden de fuerza. En cada encuentro los jugadores deberán alinearse conforme al orden de fuerza inscrito.

Artículo 104:

El sistema de juego será eliminatoria a un encuentro de 4 tableros. Se sumarán los puntos de cada tablero para determinar el resultado del encuentro.  El equipo que juegue como local se decidirá por sorteo y conducirá las piezas blancas en los tableros 1 y 3.

Artículo 105:

Cada eliminatoria se decidirá por sorteo puro. El sorteo será público y se celebrará en la sede de la FAPA el martes previo (o primer día hábil) al día de juego. Cuando el resultado de un encuentro esté pendiente de la decisión del Comité de Competición y Disciplina el sorteo se realizará condicionado a la decisión.

Artículo 106:

Cuando el número de equipos inicial no sea una potencia de dos se celebrará un sorteo para ver quienes quedan exentos de participar en las primeras rondas. El cuadro de eliminatorias se elaborará de forma que estos equipos se incorporen en la segunda eliminatoria.

Artículo 107:

Las semifinales y/o final podrían disputarse en un mismo local si la FAPA lo estima conveniente. Para ello deberá avisar con anterioridad al sorteo de las eliminatorias.

Artículo 108:

La hora de juego inicial de juego será las 16:00 y el ritmo de juego será de 90 minutos más 30 segundos añadidos por jugada a finis, por jugador, salvo que la circular indique otra cosa.

Artículo 109:

El desempate será por orden de aplicación:

Artículo 110:

La alineación indebida supondrá la pérdida de los puntos desde el tablero en que tuvo lugar. Se producirá alineación indebida en los siguientes casos:

1.                 Cuando participe y/o figure en el acta en el encuentro un jugador que no esté federado, o que pertenezca a otro equipo.

2.                 La alteración del orden de fuerza.

3.                 Cuando participe en el encuentro un jugador que no figura en el acta.

4.                 Cuando participe y/o figure en el acta un jugador sancionado sin jugar y/o eliminado de la Competición.

Artículo 111

Serán de aplicación los artículos 77 (Incomparecencias), 79 (Actas), 80 (Arbitraje), 66 (Aplazamientos), 81 (Equipo Local), 82 (Comunicación del Resultado), 83 (Elo)  y 84.

 

TITULO V Del control de dopaje

Artículo 112:

La FAPA podrá efectuar un control de dopaje en las pruebas que organice.

Artículo 113:

Todo jugador federado está obligado a someterse a los controles de dopaje legalmente establecidos. Quien se negara a someterse a una prueba de control de dopaje durante el transcurso de una competición oficial será inmediatamente expulsado de la misma, sin perjuicio de otras sanciones que le pudieran corresponder.

Artículo 114:

En todas las competiciones será de aplicación el Reglamento de Control del Dopaje de la Federación Española de Ajedrez, en ausencia de uno propio de la FAPA.

 

TÍTULO VI. INTERPRETACIÓN DEL REGLAMENTO

Artículo 115:

Lo no previsto en este reglamento será resuelto por el Comité de Competición según las Leyes de Ajedrez de la FIDE y el Reglamento de Disciplina Deportiva de la FAPA.

Artículo 116

En caso de duda sobre algún artículo, el Comité de Competición decidirá sobre su interpretación.

Artículo 117:

Las circulares de la FAPA podrán modificar artículos del presente reglamento. Las modificaciones deberán ser aprobadas, previamente, por la Asamblea General de la FAPA.

DISPOSICION DEROGATORIA

Se derogan cuantas disposiciones de igual o inferior rango existen en el momento de la entrada en vigor del presente Reglamento en materia de competiciones de Ajedrez en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

 

DISPOSICION FINAL

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por la Asamblea de la FAPA.